- PREÁMBULO
- TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
- TÍTULO I. Faltas y sanciones
- CAPÍTULO I. Faltas
- CAPÍTULO II. Sanciones
- Artículo 11. Sanciones disciplinarias.
- Artículo 12. Reprensión.
- Artículo 13. Privación de salida.
- Artículo 14. Sanción económica.
- Artículo 15. Arresto por falta leve.
- Artículo 16. Arresto por falta grave y muy grave.
- Artículo 17. Pérdida de destino.
- Artículo 18. Baja en el centro docente militar de formación.
- Artículo 19. Suspensión de empleo.
- Artículo 20. Separación del servicio.
- Artículo 21. Resolución de compromiso.
- Artículo 22. Criterios de graduación de las sanciones.
- CAPÍTULO III. Extinción de la responsabilidad disciplinaria
- TÍTULO II. Potestad disciplinaria y competencia sancionadora
- CAPÍTULO I. Potestad disciplinaria
- Artículo 26. Autoridades y mandos con potestad disciplinaria.
- Artículo 27. Potestad disciplinaria a bordo de los buques de guerra.
- Artículo 28. Potestad disciplinaria sobre los miembros del Cuerpo Jurídico Militar que ejerzan funciones judiciales o fiscales.
- Artículo 29. Potestad disciplinaria sobre los miembros del Cuerpo Militar de Intervención que ejerzan funciones interventoras.
- Artículo 30. Deber de corrección.
- Artículo 31. Medidas cautelares.
- CAPÍTULO II. Competencia sancionadora
- CAPÍTULO III. Unidades y personal destacados en zona de operaciones
- CAPÍTULO I. Potestad disciplinaria
- TÍTULO III. Procedimiento sancionador
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- CAPÍTULO II. Procedimiento para faltas leves
- CAPÍTULO III. Procedimiento para faltas graves y muy graves
- Sección 1.ª Inicio
- Sección 2.ª Desarrollo
- Sección 3.ª Terminación
- TÍTULO IV. Ejecución de las sanciones
- CAPÍTULO I. Cumplimiento de las sanciones
- CAPÍTULO II. Anotación y cancelación
- TÍTULO V. Recursos
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- Disposición adicional primera. Normas de aplicación supletoria.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de resoluciones judiciales.
- Disposición adicional tercera. Colaboración del Registro Central de Penados.
- Disposición adicional cuarta. Medidas no disciplinarias a bordo de buques de guerra.
- Disposición adicional quinta. Aplicación del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas al personal de la Guardia Civil.
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Disposición transitoria primera. Faltas cometidas antes de la entrada en vigor de esta ley.
- Disposición transitoria segunda. Revisión de sanciones no cumplidas.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación transitoria de la normativa vigente.
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- Disposición derogatoria única. Derogaciones.
- DISPOSICIONES FINALES
- Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.
- Disposición final séptima. Estadística disciplinaria.
- Disposición final octava. Título habilitante.
- Disposición final novena. Carácter de ley ordinaria.
- Disposición final décima. Entrada en vigor.
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