Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas - Artículo 11

Artículo 11. Sanciones disciplinarias.

1. Las sanciones que pueden imponerse por faltas leves son:

a) Reprensión.

b) Privación de salida de uno a ocho días.

c) Sanción económica de uno a siete días.

d) Arresto de uno a catorce días.

2. Las sanciones que pueden imponerse por faltas graves son:

a) Sanción económica de ocho a quince días.

b) Arresto de quince a treinta días.

c) Pérdida de destino.

d) Baja en el Centro Docente Militar de Formación.

3. Las sanciones que pueden imponerse por faltas muy graves son:

a) Arresto de treinta y uno a sesenta días.

b) Suspensión de empleo.

c) Separación del servicio.

d) Resolución de compromiso.

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