Real Decreto 485/1980 - Artículo 22

Contra las resoluciones del artículo anterior podrán utilizarse por los interesados, o sus herederos, los recursos establecidos en las Leyes de procedimiento administrativo.

¿Por qué debería escogernos?
Atención personalizada
Facilidades de pago
Abogados especialistas
Rápida respuesta
¿Dónde encontrarnos?
C/ General Cadenas Campos, 32, 3º Izquierda 28039 Madrid, Comunidad de Madrid 650 09 07 89 contacto@monteagudoyvales.com