Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil - Artículo 66

Artículo 66. Publicación de los ceses.

1. Todas las resoluciones sobre ceses en los destinos se publicarán en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».

2. La publicación de las resoluciones a que se refiere el apartado anterior sustituirá a la notificación de tales actos, salvo para aquellos supuestos previstos en los artículos anteriores en los que sea preceptiva la instrucción de un expediente, en cuyo caso la resolución adoptada habrá de ser notificada expresamente a los interesados.

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