Orden General de incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil - Artículo 11

Artículo 11. Modalidades articuladas en dos tramos.

Cada uno de los tramos de estas modalidades retribuye los aspectos que se señalan a continuación:

a) Tramo 2. Retribuye la dedicación extraordinaria, definida por los parámetros objetivos de la disponibilidad ligada a la función del puesto de trabajo en cualquier horario y día de la semana, salvaguardando los descansos y la jornada de referencia, y de la realización de servicios de prestación combinada. La cuantía asignada podrá oscilar entre el 30% y el 53% del CVE del perceptor, en base a las funciones desarrolladas.

b) Tramo 3. Retribuye el especial interés e iniciativa demostrados en el periodo de devengo, según valoración del mando que formula la propuesta. Su cuantía podrá oscilar entre el 10% y el 12% del CVE del perceptor.

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