Orden General de incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil - Artículo 11
Artículo 11. Modalidades articuladas en dos tramos.
Cada uno de los tramos de estas modalidades retribuye los aspectos que se señalan a continuación:
a) Tramo 2. Retribuye la dedicación extraordinaria, definida por los parámetros objetivos de la disponibilidad ligada a la función del puesto de trabajo en cualquier horario y día de la semana, salvaguardando los descansos y la jornada de referencia, y de la realización de servicios de prestación combinada. La cuantía asignada podrá oscilar entre el 30% y el 53% del CVE del perceptor, en base a las funciones desarrolladas.
b) Tramo 3. Retribuye el especial interés e iniciativa demostrados en el periodo de devengo, según valoración del mando que formula la propuesta. Su cuantía podrá oscilar entre el 10% y el 12% del CVE del perceptor.
- Orden General número 4 de 12 de febrero de 2021, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.
- Capítulo II. Complemento de productividad
- Sección 2ª. Productividad estructural
- Artículo 7. Productividad estructural y forma de retribución.
- Artículo 8. Modalidades de productividad estructural.
- Artículo 9. Configuración por tramos de las modalidades de productividad estructural.
- Artículo 10. Modalidades articuladas en tres tramos.
- Artículo 11. Modalidades articuladas en dos tramos.
- Artículo 12. Modalidades articuladas en un único tramo.
- Artículo 13. Aspectos comunes a la percepción de las modalidades de productividad estructural.
- Artículo 14. Condiciones para la percepción de la productividad estructural.
- Sección 2ª. Productividad estructural
- Capítulo II. Complemento de productividad
