Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil - Artículo 7
Artículo 7. Clasificación de los destinos según su forma de asignación.
1. Según su forma de asignación, los destinos pueden ser:
a) De libre designación.
b) De concurso de méritos.
c) De provisión por antigüedad.
2. Según la situación administrativa del personal para el que están catalogados, los destinos pueden ser:
a) Para personal en situación de servicio activo.
b) Para personal en situación de reserva.
- Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil
- Capítulo II. Catálogo de puestos de trabajo y clasificación de destinos.
- Sección 2.ª Clasificación de los destinos.
- Artículo 7. Clasificación de los destinos según su forma de asignación.
- Artículo 8. Destinos de libre designación.
- Artículo 9. Destinos de concurso de méritos.
- Artículo 10. Destinos de provisión por antigüedad.
- Artículo 11. Ocupación de puestos orgánicos.
- Artículo 12. Puestos de trabajo específicos para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas.
- Sección 2.ª Clasificación de los destinos.
- Capítulo II. Catálogo de puestos de trabajo y clasificación de destinos.