Real Decreto 728/2017 - Artículo 38
Artículo 38. Declaración y cese en la situación de suspensión de empleo.
1. Corresponde al Ministro de Defensa la competencia para adoptar la resolución de pase y cese en la situación de suspensión de empleo.
2. En la resolución de pase a la situación de suspensión de empleo figurará, en su caso, el periodo de abono que corresponda por haber permanecido en la situación de suspensión de funciones, en los términos previstos en el artículo 40.
- Real Decreto 728/2017
- Capítulo III. Situaciones administrativas.
- Sección 5.ª Suspensión de empleo.
- Artículo 37. Situación de suspensión de empleo.
- Artículo 38. Declaración y cese en la situación de suspensión de empleo.
- Artículo 39. Efectos del pase a la situación de suspensión de empleo.
- Artículo 40. Alcance compensatorio del tiempo permanecido en suspensión de funciones.
- Sección 5.ª Suspensión de empleo.
- Capítulo III. Situaciones administrativas.