Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 37

Artículo 37. Modalidades de prestación de servicio del personal con funciones de enseñanza en centros docentes.

1. El personal que desempeñe funciones de enseñanza prestará su servicio en la modalidad de servicio de actividad o, en su caso, en la de prestación combinada, de acuerdo con las exigencias derivadas de los ejercicios, clases y prácticas que se lleven a cabo para desarrollar los planes de estudio y programas correspondientes, así como la necesaria atención al alumnado.

2. La prestación de este servicio se regirá por las normas contenidas en esta sección y en la normativa específica que regula el régimen del profesorado de los centros docentes de la Guardia Civil.

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