Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 37
Artículo 37. Modalidades de prestación de servicio del personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
1. El personal que desempeñe funciones de enseñanza prestará su servicio en la modalidad de servicio de actividad o, en su caso, en la de prestación combinada, de acuerdo con las exigencias derivadas de los ejercicios, clases y prácticas que se lleven a cabo para desarrollar los planes de estudio y programas correspondientes, así como la necesaria atención al alumnado.
2. La prestación de este servicio se regirá por las normas contenidas en esta sección y en la normativa específica que regula el régimen del profesorado de los centros docentes de la Guardia Civil.
- Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil
- Capítulo IV. Régimen específico de prestación del servicio.
- Sección 3ª. Personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Artículo 36. Personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Artículo 37. Modalidades de prestación del servicio del personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Artículo 38. Jornada de servicio del personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Artículo 39. Horario de servicio del personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Artículo 40. Descanso semanal del personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Sección 3ª. Personal con funciones de enseñanza en centros docentes.
- Capítulo IV. Régimen específico de prestación del servicio.