Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil - Artículo 15
Artículo 15. Competencia.
El Jefe del Mando de Personal y Formación de la Guardia Civil es la autoridad competente para disponer la publicación de las vacantes.
- Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil
- Capítulo III. Provisión ordinaria de destinos.
- Sección 1.ª Publicación de vacantes.
- Artículo 13. Criterios.
- Artículo 14. Excepciones.
- Artículo 15. Competencia.
- Artículo 16. Resolución de anuncio de vacantes.
- Sección 1.ª Publicación de vacantes.
- Capítulo III. Provisión ordinaria de destinos.