Régimen del Personal de la Guardia Civil - Artículo 30
Artículo 30. Enseñanza de perfeccionamiento.
La enseñanza de perfeccionamiento tiene las siguientes finalidades:
a) Capacitar al personal del Cuerpo de la Guardia Civil para el ascenso a aquellos empleos en los que esta Ley así lo determine.
b) Especializar para el ejercicio de actividades en áreas concretas de actuación profesional.
c) Ampliar o actualizar los conocimientos y aptitudes requeridos para el ejercicio de la profesión.
- Régimen del Personal de la Guardia Civil
- TÍTULO IV: Enseñanza en la Guardia Civil
- Capítulo I: Disposiciones de carácter general
- Artículo 28. Enseñanza en la Guardia Civil.
- Artículo 29. Enseñanza de formación.
- Artículo 30. Enseñanza de perfeccionamiento.
- Artículo 31. Enseñanza de altos estudios profesionales.
- Capítulo I: Disposiciones de carácter general
- TÍTULO IV: Enseñanza en la Guardia Civil