Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 48
Artículo 48. Jornada de servicio del personal con funciones de investigación policial.
La duración de la jornada de servicio será de cuarenta horas semanales de servicio en el periodo de referencia de un trimestre.
- Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil
- Capítulo V. Régimen especial de prestación del servicio.
- Sección 2ª. Personal con funciones de investigación policial.
- Artículo 46. Personal con funciones de investigación policial.
- Artículo 47. Modalidades de prestación del servicio del personal con funciones de investigación policial.
- Artículo 48. Jornada de servicio del personal con funciones de investigación policial.
- Artículo 49. Descanso semanal del personal con funciones de investigación policial.
- Sección 2ª. Personal con funciones de investigación policial.
- Capítulo V. Régimen especial de prestación del servicio.