Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil - Artículo 24
Artículo 24. Jornada de servicio en el régimen general de prestación del servicio.
La duración de la jornada de servicio será de treinta y siete horas y media semanales de servicio, en cómputo mensual.
- Orden General de Jornada y Horario del personal de la Guardia Civil
- Capítulo III. Régimen general de prestación del servicio.
- Artículo 22. Personal incluido en el régimen general de prestación del servicio.
- Artículo 23. Modalidades de prestación del servicio del régimen general.
- Artículo 24. Jornada de servicio en el régimen general de prestación del servicio.
- Artículo 25. Descansos singularizados adicionales.
- Capítulo III. Régimen general de prestación del servicio.