Orden General de incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil - Artículo 19
Artículo 19. Modalidades de productividad por objetivos.
1. La productividad por objetivos es la destinada a retribuir el especial rendimiento en el desempeño de los cometidos, de acuerdo con:
a) La consecución de resultados profesionales vinculados a objetivos preestablecidos, tanto de carácter individual como con referencia a las unidades en que se ha prestado servicio.
b) La realización de servicios con especial relevancia de sus resultados.
c) El especial rendimiento, actividad y dedicación en la realización habitual del servicio, vinculado a la disponibilidad personal para prestarlo durante el periodo de devengo; así como en su caso, el especial interés e iniciativa demostrados.
2. Las modalidades de la productividad por objetivos son las siguientes:
a) O1: Es la destinada a retribuir el especial rendimiento individual en el desempeño de los cometidos profesionales, con la aportación al logro de los objetivos previstos en la unidad en que se haya prestado servicio y su orientación a la consecución de los resultados obtenidos. El periodo de devengo de la modalidad O1 podrá ser semestral o anual.
b) O2: Es la destinada a retribuir el especial rendimiento, actividad y dedicación en la realización de servicios que resulten de una especial entidad por la complejidad de su desarrollo y la relevancia de los resultados obtenidos a su finalización.
c) O3: Es la destinada a retribuir el especial rendimiento, interés e iniciativa del personal en el desempeño individual de las funciones asignadas a su unidad y el puesto de trabajo ocupado, que pueda ser valorado de acuerdo con parámetros previamente establecidos. El periodo de devengo de la modalidad O3 podrá ser mensual, trimestral o cuatrimestral.
d) O4: Es la destinada a retribuir el especial rendimiento, actividad y dedicación en la realización habitual del servicio, vinculados a la disponibilidad personal y efectiva para prestarlo durante el periodo de devengo. Para esta modalidad, el citado periodo de devengo podrá ser semestral o anual.
3. Cuando se establezca un periodo de devengo anual para la retribución de la productividad en las modalidades O1 y O4, el citado periodo se materializará desde el 1 de octubre del ejercicio anterior al 30 de septiembre del ejercicio corriente, con la finalidad de optimizar la gestión y los recursos financieros disponibles.
4. Los titulares de los órganos de la Guardia Civil con nivel jerárquico de subdirección general y de la Jefatura de la Agrupación de Tráfico determinarán el ámbito personal y el alcance retributivo que afectará a las modalidades O1 y O3, respecto de sus unidades y personal dependiente. Asimismo, fijarán en sus ámbitos respectivos, en su caso, los criterios para la definición de objetivos y el establecimiento de parámetros de medición del desempeño, que podrán ser revisados periódicamente.
5. El titular de la Jefatura del Mando de Personal determinará las cuantías que correspondan por la realización de servicios de especial entidad a través de la modalidad O2 y aprobará las cuantías sobre las propuestas que reciba, en su caso, respecto a las modalidades O1 y O3. El titular de la Jefatura de la Agrupación de Tráfico determinará las cuantías correspondientes a cada una de estas modalidades respecto de su personal dependiente.
6. Por la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil se establecerán los criterios, sistema de cómputo y cuantías correspondientes a la modalidad O4, de acuerdo con las propuestas que reciba del titular de la Jefatura del Mando de Personal de la Guardia Civil y, en su caso, del titular de la Jefatura de la Agrupación de Tráfico.
- Orden General número 4 de 12 de febrero de 2021, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.
- Capítulo II. Complemento de productividad
- Sección 4ª. Productividad por objetivos
- Artículo 19. Modalidades de productividad por objetivos.
- Artículo 20. Percepción de la productividad por objetivos.
- Sección 4ª. Productividad por objetivos
- Capítulo II. Complemento de productividad
