Régimen del Personal de la Guardia Civil - Artículo 27
Artículo 27. Gestión de puestos de trabajo.
1. La Guardia Civil desarrolla su organización de personal a través de un catálogo de puestos de trabajo que comprende la denominación de cada uno de ellos, su asignación a determinadas escalas, empleos y/o requisitos de especialidad, aptitud o titulación, la forma de asignación, y sus retribuciones complementarias. También figurarán aquellos puestos de trabajo que puedan ser cubiertos por personal en reserva y, en su caso, las limitaciones que para su ocupación pudieran establecerse.
2. Los guardias civiles tendrán acceso a la información contenida en el catálogo de puestos de trabajo en la forma que se determine por orden del Ministro del Interior.
- Régimen del Personal de la Guardia Civil
- TÍTULO III: Planificación de los efectivos de personal
- Capítulo I: Objetivo e instrumentos de planificación
- Capítulo II: Plantilla de efectivos y provisión de plazas
- Artículo 25. Plantilla de efectivos.
- Artículo 26. Provisión de plazas en el Cuerpo de la Guardia Civil.
- Artículo 27. Gestión de puestos de trabajo.
- TÍTULO III: Planificación de los efectivos de personal