Régimen disciplinario de la Guardia Civil - Artículo 68
Artículo 68. Concurrencia de sanciones.
Cuando concurran varias sanciones y no sea posible su cumplimiento simultáneo, éste se llevará a cabo por orden de mayor a menor gravedad.
- Régimen disciplinario de la Guardia Civil
- TÍTULO V: Ejecución de las sanciones
- Capítulo I: Cumplimiento de las sanciones
- TÍTULO V: Ejecución de las sanciones