Régimen disciplinario de la Guardia Civil - Artículo 5
Artículo 5. Faltas disciplinarias.
Constituye falta disciplinaria toda acción u omisión prevista como tal en esta Ley.
- Régimen disciplinario de la Guardia Civil
- TÍTULO II: Faltas y sanciones
- Capítulo I: Faltas disciplinarias
- Artículo 5. Faltas disciplinarias.
- Artículo 6. Clases de faltas.
- Artículo 7. Faltas muy graves.
- Artículo 8. Faltas graves.
- Artículo 9. Faltas leves.
- Capítulo I: Faltas disciplinarias
- TÍTULO II: Faltas y sanciones