Orden General de Vacaciones, Permisos y Licencias del personal de la Guardia Civil - Artículo 40

Artículo 40. Recursos.

Contra las resoluciones y actos administrativos que se adopten en el ejercicio de las competencias previstas en esta orden general, los guardias civiles podrán interponer los recursos que sean pertinentes, de conformidad con la legislación reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

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