Orden General de la Relación de Puestos Orgánicos de las Unidades de la Guardia Civil - Artículo 4
Artículo 4. Contenido de las RPOU.
1. La RPOU de cada una de las unidades, centros y órganos de la estructura orgánica de la Guardia Civil estará integrada por todos los puestos orgánicos diferenciados que se encuentren desplegados en cada momento, el número de los que sean idénticos, y vinculados de acuerdo con la estructura orgánica de la unidad afectada y, en su caso, de las dependientes.
2. El conjunto de la información que comprende las Relaciones de Puestos Orgánicos de las Unidades de Guardia Civil se conformará en el sistema integral de gestión de recursos humanos, y será accesible para las unidades y su personal en las condiciones que se establecen en el artículo 6.
Este sistema garantizará la actualización permanente de los datos vinculados a cada puesto orgánico según el catálogo de puestos de trabajo de la Guardia Civil; a su despliegue, asignación u ocupación temporal; y a las condiciones y requisitos de ocupación, de acuerdo con su regulación específica.