Orden General de la Relación de Puestos Orgánicos de las Unidades de la Guardia Civil - Artículo 5

Artículo 5. Efectos de la información relativa a cada puesto orgánico en los procesos de gestión de personal.

La información vinculada a cada puesto orgánico se aplicará a los procesos regulados de gestión de personal en materia de provisión de destinos, evaluaciones, promoción profesional y de aquellos otros desarrollados reglamentariamente, en los que participen quienes los ocupen, de acuerdo con su normativa específica.

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