Orden General de la Relación de Puestos Orgánicos de las Unidades de la Guardia Civil - Artículo 5
Artículo 5. Efectos de la información relativa a cada puesto orgánico en los procesos de gestión de personal.
La información vinculada a cada puesto orgánico se aplicará a los procesos regulados de gestión de personal en materia de provisión de destinos, evaluaciones, promoción profesional y de aquellos otros desarrollados reglamentariamente, en los que participen quienes los ocupen, de acuerdo con su normativa específica.